Newsletter semana del 11/05/2020 al 15/05/2020

Newsletter semana del 11/05/2020 al 15/05/2020

Escrito el 16/05/2020
crocaconsultores

WEB: www.croca-consultores.com   /  Twitter: @CarlosCroca / Linkedin: croca consultores

RG AFIP 4708 – Pago de las obligación mensual de Autónomos y Monotributo, para aquellos sujetos que accedan al «Crédito a Tasa 0»

La AFIP pondrá a disposición de las entidades bancarias que otorguen el “crédito a tasa cero” la información de los VEPs Consolidados con los valores de las obligaciones de los beneficiarios en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales de contribuyentes adheridos al Monotributo o aportes previsionales en el caso de Autónomos, para que al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, el banco cancele el monto de la obligación del período fiscal que corresponda, por los períodos fiscales de Junio, Julio y Agosto 2020, para el Monotributo, y de Mayo, Junio y Julio 2020 para Autónomos. Los contribuyentes que modifiquen la situación de revista que impliquen variación en los valores de las obligaciones por impuesto integrado y cotizaciones previsionales o de portes previsiones, deberán ingresar la diferencia mediante transferencia electrónica de fondos o en caso de que se le genere saldo a favor, realizar la reimputación de los montos a través de la cuenta corriente mencionada precedentemente.

RG AFIP 4709 – Tasa de financiamiento para regímenes de facilidades de pago.

Como consecuencia de modificaciones de la tasa de referencia por parte del BCRA (depósitos a plazo fijo), la AFIP establece determinadas adecuaciones en las normativas de los regímenes de facilidades de pago, modificando la tasa de interés de financiación aplicable a los siguientes regímenes de facilidades de pago:

  • RG (AFIP) 4057: Régimen de facilidades de pago para cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales
  • RG (AFIP) 4166: Régimen de facilidades de pago permanente para los sujetos que hayan sido excluidos del Monotributo
  • RG (AFIP) 4268: Régimen de facilidades de pago para la regularización de obligaciones impositivas,, recursos de la seguridad social y/o aduaneras
  • RG (AFIP) 4341: Régimen de facilidades pago destinado a los contribuyentes y responsables que obtengan la homologación de un acuerdo preventivo extrajudicial

El BCRA estableció para los depósitos a tasa fija en pesos no ajustables por “UVA” o “UVT” inferiores o iguales a $ 4.000.000, que se suscriban a nombre de titulares que sean personas humanas, que la tasa nominal anual no podrá ser inferior a la que difunda cada viernes el BCRA. La vigencia de estas modificaciones será a partir del 8/5/2020.

RG AFIP 4711/2020 – Se aprueba un nuevo release del sistema aplicativo SICOSS y se actualice el servicio «Declaración en Linea»

La AFIP dispone que serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.», los empleadores alcanzados por la reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA para el período abril 2020. El nuevo release deberá utilizarse para presentar el F. 931, mientras que “Declaración en Linea» efectuará en forma automática el cálculo de la reducción de alícuota de las contribuciones patronales.

RG AFIP 4712/2020 – Se traslada el vencimiento general para la presentación y pago de las cargas sociales del período Abril 2020

La AFIP dispone el traslado del vencimiento general para la presentación y pago de las cargas sociales de abril, conforme el siguiente cronograma:

  • Terminación en 0,1,2,3         Vencimiento 18/05/2020
  • Terminación 4,5,6,                 Vencimiento 19/05/2020
  • Terminación 7,8,9                  Vencimiento 20/05/2020

RG AFIP 4714/2020 – Prorroga de vencimientos en Ganancias personas jurídicas e IVA – Mejoras en planes de pago permanentes y en Miniplan para pago de Ganancias

Mediante la RG anunciada, el fisco AFI estableció nuevas medidas para paliar la situación de contribuyentes afectados por las consecuencias del Coronavirus, estableciendo lo siguiente:
Prórroga del plazo para la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto a las ganancias 2019 de las personas jurídicas cuyo cierre de ejercicio haya operado el 31/12/2019, a las siguientes fechas:
– Terminación de CUIT 0,1,2,3,4 vencimiento 26/5/2020
– Terminación de CUIT 5,6,7,8,9 vencimiento 27/5/2020

Por otra parte,se prorroga hasta el 30/6/2020 la presentación de la Memoria, Estados Contables e Informes del Auditor correspondientes al año 2019, para aquellas personas jurídicas contribuyentes y/o responsables del Impuesto a las Ganancias con cierres de ejercicio en noviembre de 2019. hasta el 30/6/2020.
También se prorroga la presentación y pago del IVA correspondiente al mes de abril de 2020, según el siguiente detalle: – Terminación de CUIT 0,1,2,3   vencimiento 20/5/2020
– Terminación de CUIT 4,5,6,                   vencimiento 21/5/2020
– Terminación de CUIT 7,8,9                    vencimiento 22/5/2020

Respecto a los miniplanes RG AFIP 4057-E (para el pago de DDJJ de Ganancias), las personas jurídicas podrán acceder para regularizar las deudas del impuesto hasta el 30/6/2020, ingresando un pago a cuenta del 25% y en hasta 3 cuotas, no teniéndose en cuenta la categorización en el SIPER.
En referencia al IVA, podrán incluir en el Régimen de Facilidades de Pago Permanente, las obligaciones de IVA de las MiPyME con pago diferido. En este mismo régimen de pago, se incrementa la cantidad de planes vigentes del régimen del facilidades de pago permanente para las grandes empresas, de 3 a 6 planes.

Decisiones Administrativas N° 747/2020 y 765/2020 del Comité de Evaluación del Programa de Asistencia de Emergencia al trabajo y la Producción

La Jefatura de Gabinete de Ministros adoptó las recomendaciones vertidas en las actas N° 9 y 10 del Comité de Evaluación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), referidas a temas vinculados a los beneficios del Sueldo Complementario y la extensión de los beneficios del  programa para el mes devengado Mayo 2020.

Podrán encontrar en la opción «Publicaciones» de nuestra página web www.croca-consultores.com, un cuadro explicativo con las principales novedades de ambas Decisiones Administrativas

RG AFIP 4716/2020 – Reapertura del Servicio Web ATP desde el 14 al 21 de Mayo

El fisco rehabilito el acceso al servicio web ATP desde el 14 hasta el 21 de Mayo, para que los empleadores puedan obtener, de corresponder, los beneficios del mencionado programa (postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino, y asignación compensatoria al salario del mes de mayo de 2020)

RG AFIP 4718/2020 – Régimen de facilidades de pago para planes que hayan caducado al 30/4/2020

La AFIP mediante la resolución mencionada establece un régimen de facilidades de pago para planes que hayan caducado hasta el 30/4/2020, que estará vigente a partir del 15/4/2020, su adhesión podrá realizarse hasta el 30/6/2020, y el sistema para la adhesión estará disponible a parir del 21/05/2020.
Entre sus principales aspectos mencionamos:

  • Se podrán incluir obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en el Miniplan (RG (AFIP) 4057-E-), en el régimen de facilidades para monotributistas excluidos (RG (AFIP) 4166) y en el régimen permanente (RG (AFIP) 4268).
  • No podrá exceder de 6 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, y su importe deberá ser igual o superior a $1.000 .
  • La primera cuota vencerá el día 16/7/2020 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, o el 26 en un segundo intento de débito.
  • Se cancelarán mediante el sistema de débito directo en cuenta bancaria.
  • La caducidad operará de pleno derecho y sin necesidad de intervención del Fisco cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posterior a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

RG AFIP 4717/2020 – Nuevas disposiciones aplicables a la declaración jurada complementario de Precios de Transferencia.

La AFIP reemplaza para ejercicios cerrados a partir del 31/12/2018 inclusive, las disposiciones que establecen la obligación de presentar una declaración jurada complementaria sobre precios de transferencia para operaciones internacionales, estableciendo nuevas reglas de evaluación y análisis para los distintos tipos de operaciones y los plazos y condiciones para suministrar a la AFIP, por cada ejercicio fiscal, el estudio de precios de transferencia junto a un formulario de declaración jurada 2668, hasta el sexto mes posterior al cierre de ejercicio; y un “Informe Maestro” que deberá presentarse al duodécimo mes posterior al cierre de ejercicio.
Ambas presentaciones deben realizarse entre el día 23 y 27 según la terminación del número de CUIT del responsable.
Al mismo tiempo se establece un plazo especial de presentación del formulario de declaración jurada F. 2668, el Estudio de Precios de Transferencia, y el “Informe Maestro” correspondiente a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020 según el siguiente detalle:

  • Ejercicios cerrados desde diciembre 2018 a mayo de 2019 inclusive, en el mes de junio de 2020.
  • Ejercicios cerrados desde junio de 2019 a noviembre de 2019 inclusive, en el mes de agosto 2020.
  • Ejercicios cerrados desde diciembre de 2019 a abril de 2020 inclusive, en el mes de octubre de 2020.
    (Las fechas de vencimiento detalladas precedentemente se distribuyen entre los días 10 al 14 del citado mes según la terminación del CUIT del responsable).

Notas de interés:

  • Nuevo linea de crédito para MiPyMEs que no tengan acceso al crédito: Mediante la Comunicación «A» 7006, el BCRA estableció para las MiPyMEs que no posean ningún crédito bancario, un préstamo con la tasa subsidiada del 24%, con mínimos requisitos, y para el resto de las MiPYMES que obtengan la garantía FoGAr.
  • El  BCRA habilita presentación por ventanilla de cheques de terceros: El BCRA por medio de la Comunicación A 7017, habilita a las entidades financieras a partir del 15 de mayo a recibir por ventanilla depósitos de cheques de terceros, bajo el sistema de turnos, manteniendo la prioridad los clientes beneficiarios de haberes previsionales y pensiones.

  • INDEC indice de inflación Abril 2020: El Instituto ha difundido el «Índice de Precios al Consumidor» a nivel nacional del mes de abril de 2020, el cual registró una variación del 1,5% en su nivel general con relación al mes de marzo de 2020.