Newsletter semana del 02/03/2020 al 07/03/2020

Newsletter semana del 02/03/2020 al 07/03/2020

Escrito el 11/03/2020
crocaconsultores

CABA – Reemplazo del régimen de facilidades de pago permanente

Se deja sin efecto Resolución N° 2722/SHYF/2004 que estableciá un plan de pago premanente para deudas por obligaciones tributarias, estableciendosé otro plan de pago para obligaciones tributarias en mora cuyo devengamiento se hubiere producido con anterioridad al día 1 de enero del año en el cual se efectúa el acogimiento al plan de facilidades de pago y siempre que mediara un plazo de noventa (90) días corridos entre su vencimiento y la presentación del acogimiento, para multas aplicadas, y Las deudas por caducidades de planes de facilidades de pago, cuya caducidad hubiera operado hasta el día 31 de diciembre de 2019 inclusive. Tambien podrán regularizarse las obligaciones tributarias transferidas con juicio iniciado para su cobro, independientemente del momento en el cual se hubieren devengado.

https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MHFGC-MHFGC-890-20-5811.pdf

Pcia. de Bs. As.  – Reglamento del régimen de regularización de deudas para MiPyMEs por obligaciones fiscales vencidas al 31 diciembre de 2019

Se establecen los requisitos para quienes deseen acceder al régimen de Regularización de Deudas Ley Bs. As. 15.165

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/10181/ver

ARBA –  Régimen de regularización de deudas vencidas al 31/12/2019 para MiPyMEs con condonación de intereses y multas

Mediante la  Resolución Normativa 8/2020, ARBA establece  desde el 2/3/2020 y hasta el 31/5/2020, un régimen de regularización de deudas provenientes del impuesto inmobiliario básico y complementario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas al 31/12/2019.
Para poder adherir los contribuyentes  deberán encontrarse inscriptos en el “Programa Buenos Aires ActiBA” o en el “Agro Registro MiPyMES”.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/10181/ver

CABA – Régimen de percepción sobre el “derecho de uso humano”

Se crea mediante la Resolución 88/2020 de la AGIP, un nuevo régimen de percepción sobre el “derecho de uso urbano” (Ley CABA 6278), respecto al cual deberán actuar como agentes las personas humanas o jurídicas titulares de establecimientos hoteleros o titulares de dominio de los inmuebles destinados a alquiler transitorio.

https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MHFGC-AGIP-88-20-5810.pdf